Creg le responde a Petro

Redacción: El Tiempo

Tras la decisión del presidente Gustavo Petro de regular los servicios públicos, el Comité de Expertos de la Creg aseguró que los organismos reguladores siempre deben tener una naturaleza independiente para poder asegurar que sus decisiones sean objetivas, imparciales, consistentes y técnicas.

“Esto permite que los agentes regulados, así como el público en general, perciban objetividad, neutralidad y transparencia por parte del Estado. Asegura que el Estado logre que los agentes adapten su conducta a los fines constitucionales y legales de respeto por la libertad económica y de empresa, al tiempo que establece las reglas pertinentes para limitar su actividad, en pro del interés social”, señaló a través de un comunicado.

Igualmente, el ente regulador recordó que el Gobierno nacional ya participa en la Comisión, toda vez que esta se encuentra presidida por el Ministerio de Minas y Energía, y tienen asiento el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Funciones de la Creg

La Creg contó que la Ley 142 de 1994, en su artículo 69, creó las Comisiones de Regulación como unidades administrativas especiales, con independencia administrativa, técnica y patrimonial, y adscritas al respectivo ministerio. Por su parte, la ley 143 de 1994, la complementó y estableció el régimen para la generación, interconexión, transmisión, distribución y comercialización de electricidad en el territorio nacional; los fines específicos de la intervención del Estado en este sector y las responsabilidades de las distintas autoridades del mismo.

“El Comité resalta que las leyes 142 y 143 de 1994 son complementarias, y la Ley 143 asignó directamente a la Comisión de Regulación de Energía y Gas la función de regular el servicio de electricidad”, señaló a través de un comunicado.

En consecuencia, la Creg dice que debe cumplir las funciones que le asigna la Ley 143 de 1994 y que incluyen, además de definir la metodología para el cálculo de las tarifas de energía y su aprobación, la de crear las condiciones para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente, capaz de abastecer la demanda bajo criterios sociales, económicos, ambientales y de viabilidad financiera, promover y preservar la competencia; igualmente, establecer el reglamento de operación para realizar la planeación y coordinación de la operación del sistema interconectado nacional, entre otros.

“Es por esto, que los organismos reguladores deben tener una naturaleza independiente para asegurar que sus decisiones sean objetivas, imparciales, consistentes y técnicas”, dice.

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