reforma para su segundo debate

Redacción: El Tiempo

El proyecto de reforma tributaria llega a su segundo debate en plenarias de Cámara y Senado con nuevos ajustes en su articulado y, según lo planteado por el Gobierno, en las nuevas ponencias radicadas «se precisa y amplían algunas de las medidas y se incluyeron artículos nuevos, en línea con la esencia que hemos repetido desde el primer día: no afectar a la clase media», entre otros postulados.

A diferencia del texto que resultó del primer debate, en el que se habían aprobado 55 artículos, en este ingresaron otros 6 nuevos, y se modificaron otros 9, como resultado de cerca de 160 propuestas que se recibieron contenidas en 130 proposiciones y constancias.

1. Cambio en el artículo 20, que en el nuevo texto correspondía al 28, en el que se precisa la posibilidad de establecer esquemas de cofinanciación de los déficits operacionales y a raíz de la pandemia, no solo para los sistemas de transporte masivo, sino para los sistemas estratégicos de transporte, lo que amplía esta herramienta de apoyo a ciudades intermedias y elimina el límite de 50 por ciento para este apoyo.

2. En el artículo 13 (antes el art. 9), que toca el sistema de facturación electrónica, se establece que los sujetos no obligados a expedir factura podrán registrarse como facturadores electrónicos para poder participar en el RADIAN, pero que esto no implica que tengan la obligación de expedir este comprobante de venta.

3. Se tocó el artículo 22, que pasó a ser el 29 en el segundo debate. Este contiene las condiciones de los créditos para la reactivación económica y precisa que se podrán pagar en la siguiente vigencia fiscal a aquella en que se contratan; y se cambió el 22, que pasó a ser el 30 en la nueva ponencia, que indica que para celebrar créditos de endeudamiento externo las entidades territoriales pueden contar con mínimo un escalón inferior al de la calificación de la Nación, entre otras disposiciones.

4. El artículo 8, aprobado en el primer debate como el art. 30, referente a los mecanismos para facilitar la administración de bienes de la Sociedad de Activos Especiales (SAE), en el que se precisa que «el administrador del FRISCO podrá promover con las entidades territoriales la extinción de obligaciones por conceptos de impuestos, valorización, inversiones, mejoras y otras sobre los bienes objeto de venta».

5. Al artículo 58, que pasó a ser el 61, se le adicionó la extensión hasta el 31 de diciembre de 2022 del beneficio de la exclusión de IVA en relación con el incentivo de premio inmediato de los juegos de suerte y azar territoriales. Mientras que el 29, que hace referencia a la adición al presupuesto de gastos o ley de apropiaciones, y para el segundo debate entró como el art. 59, se modifica la distribución sectorial de algunos de los rubros. También se tienen cambios en los puntos 42, 45 y 54 de la ponencia de primer debate.

Artículos nuevos

Se introdujeron seis puntos nuevos para esta ponencia, de los cuales dos se relacionan con bares y restaurantes.

6. Artículo 54, que elimina el IVA a las empresas que hagan parte del régimen simple que desarrollen actividades de expendio de comidas y bebidas; y el artículo 55, que propone que no sean responsables del Impoconsumo en 2022 los restaurantes y bares que tributen por medio del régimen simple.

7. El artículo 53, por su parte, indica que la Superintendencia de Industria y Comercio podrá, en el marco de sus competencias y funciones, implementar, promover y ejecutar planes y programas para fomentar el emprendimiento y la innovación empresarial. Mientras tanto, también ingresó en el artículo 31 una posibilidad para que se permita, de manera temporal, a las entidades territoriales utilizar los excedentes de liquidez.

8. Artículo 5 indica que en «los recaudos que se efectúen durante la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2022, las rentas creadas o modificadas con ocasión a la presente ley, se deberán incorporar en la parte correspondiente al presupuesto de rentas y recursos de capital de dicha vigencia».

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *